Finalmente es un hecho aunque aún falta ratificarlo en la votación en general de la nueva Constitución. Te contamos, además, todos los cambios que se vienen definiendo en la Reforma.

La Convención Reformadora también formó una importante mayoría para modificar tres artículos de la Carta Magna referidos al Poder Ejecutivo así como cláusula transitoria que habilita al gobernador actual y la vice actual a aspirar a un nuevo mandato constitucional.

La misma enmienda determina que los legisladores y otros cargos electivos tendrán la posibilidad de ser candidatos por dos ocasiones a partir de 2027.

Siete fueron los justicialistas que se sumaron a Unidos y a Fe en la cláusula reeleccionista: Rubén Pirola, Armando Traferri, Alcides Calvo, Osvaldo Sosa, Alejandra Rodenas, Jaquelina Balangione y Patricia Boni.

Minutos después de las 23, los convencionales votaron en general por el capítulo «Poder Ejecutivo» y el resultado fue: 51 votos a favor y 16 en contra.

“El gobernador y vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo. Si han sido reelegidos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos nuevamente para ninguno de esos cargos sin el intervalo de un período”, señala la redacción del futuro artículo 64.

Cambios en la Cámara de Diputados

En cuanto a la conformación de la Cámara de Diputados, se estableció que será de cincuenta miembros elegidos directamente por el pueblo y el reparto de las bancas se hará mediante el sistema de representación proporcional, constituyendo la provincia un distrito único.

En cuanto a las listas de candidatos, deberán incluir, por lo menos, un candidato con residencia en cada departamento y respetando la paridad de género.

Los diputados deberán ser ciudadanos con al menos 21 años de edad, y en caso de no haber nacido en la provincia, deberán acreditar una residencia inmediata y efectiva de al menos dos años.

El mandato será de cuatro años, con la posibilidad de reelección por un solo período consecutivo. En caso de reelección, los legisladores deberán esperar un período para poder postularse nuevamente.

Novedades en la Cámara de Senadores

En cuanto a la Cámara de Senadores, se dispuso que son elegibles para el cargo los ciudadanos que tengan, por lo menos, 25 años de edad y dos años de residencia inmediata y efectiva en el departamento.

Al igual que los diputados, los senadores tendrán un mandato de cuatro años y podrán ser reelegidos una sola vez de manera consecutiva.

Fueros parlamentarios

Otro cambio importante tiene que ver con los fueros o inmunidades parlamentarias. Ahora, los legisladores no podrán ser perseguidos judicialmente por sus opiniones o votos emitidos en el ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, podrán ser arrestados si son sorprendidos en flagrante comisión de delitos. Para cualquier otro tipo de acusación, se requerirá autorización de la Cámara correspondiente.

Iniciativas populares y nuevos mecanismos legislativos

Por último, se incorporó un mecanismo para la presentación de proyectos por parte de los ciudadanos. Ahora, los santafesinos podrán presentar proyectos de ley mediante iniciativa popular, siempre que no versen sobre temas como reformas constitucionales, presupuesto o tratados internacionales.

Además, se establece que ningún proyecto de ley desechado por una de las Cámaras podrá repetirse en el mismo año legislativo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *