El acuerdo, que alcanza a trabajadores de la actividad metalmecánica comprendidos en el Convenio Colectivo 260/75, contempla incrementos escalonados, sumas no remunerativas y una compensación extraordinaria de $210.000.

La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo salarial firmado entre la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y las cámaras empresarias de la actividad metalmecánica, correspondiente al período comprendido entre abril de 2026 y marzo de 2027.

El entendimiento establece una recomposición salarial acumulativa del 23,5%, además del pago de sumas no remunerativas mensuales y una compensación extraordinaria destinada a cubrir el período entre abril y julio de este año.

La homologación fue dispuesta mediante la Disposición 1099/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo. El acuerdo alcanza a las empresas representadas por ADIMRA, AFARTE, CAIAMA, FEDEHOGAR y CAMIMA, con posterior ratificación de AFAC.

El convenio había sido firmado el 14 de agosto y tiene vigencia hasta marzo de 2027. Luego de ese período, los conceptos acordados serán incorporados progresivamente a los salarios básicos de convenio.

Cómo se aplicará el aumento

Los incrementos porcentuales se aplicarán de manera acumulativa según el siguiente cronograma:

  • Agosto de 2026: 4%.
  • Octubre de 2026: 4%.
  • Diciembre de 2026: 4%.
  • Enero de 2027: 2%.
  • Marzo de 2027: 3,5%.

De acuerdo con lo establecido, la recomposición total alcanzará el 23,5% durante el período de vigencia del acuerdo.

Sumas no remunerativas

Además de los porcentajes de aumento, los trabajadores recibirán sumas extraordinarias de carácter no remunerativo. Los montos previstos para cada mes son:

•Agosto: $30.000.•Septiembre: $40.000.•Octubre: $30.000.•Noviembre: $50.000.•Diciembre: $40.000.•Enero de 2027: $40.000.•Febrero de 2027: $40.000.•Marzo de 2027: $25.000.

Los valores pueden variar de acuerdo con la categoría laboral y las condiciones establecidas en el convenio.

Compensación extraordinaria

El acuerdo también incluye una compensación extraordinaria no remunerativa de $210.000, destinada a recomponer los salarios correspondientes al período comprendido entre abril y julio de 2026.

Ese monto será abonado en tres cuotas consecutivas de $70.000, junto con los salarios correspondientes a agosto, septiembre y octubre.

Con la homologación oficial, el acuerdo salarial de la UOM queda formalmente vigente y las empresas alcanzadas deberán aplicar el nuevo esquema de aumentos y pagos adicionales. 🏭💰

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